La lucha por los derechos en el derecho disciplinario. A propósito de la anunciada reforma Ley 1952 de 2019.  3ed.

Los administrativistas trabajan arduamente en la recuperación

de la importancia del "poder disciplinario' como parte de la naturaleza

administrativa del Derecho Disciplinario, lo cual hace vaticinar que la calidad

del discurso jurídico en la materia aumentara cuantitativa y cualitativamente. La Carta Política establece subespecies de Derecho

Disciplinario administrativo, judicial y político, la jurisprudencia

constitucional ha señalado que el Derecho Disciplinario, cualquiera que fuere

su modalidad, es uno mismo, y el derecho interno se ve compelido a consagrar

instituciones que vienen tratados sobre derechos humanos o de lucha contra la corrupción,

ámbitos ante los cuales una visión doméstica del poder disciplinario resultaría

demasiado corta para su explicación, como también mostraría ingente debilidad

frente a la protección de garantías y aseguramiento de eficacia y eficiencia en

la lucha contra la corrupción.

En Colombia, una visión meramente administrativa resultaría

recortada o se dificultaría explicar adecuada y apropiadamente su inserción en

un mundo cada vez más globalizado. Seguimos apostando por un Derecho

Disciplinario autónomo e independiente, capaz de explicar todas sus

manifestaciones.

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La lucha por los derechos en el derecho disciplinario. A propósito de la anunciada reforma Ley 1952 de 2019.  3ed.

Los administrativistas trabajan arduamente en la recuperación

de la importancia del "poder disciplinario' como parte de la naturaleza

administrativa del Derecho Disciplinario, lo cual hace vaticinar que la calidad

del discurso jurídico en la materia aumentara cuantitativa y cualitativamente. La Carta Política establece subespecies de Derecho

Disciplinario administrativo, judicial y político, la jurisprudencia

constitucional ha señalado que el Derecho Disciplinario, cualquiera que fuere

su modalidad, es uno mismo, y el derecho interno se ve compelido a consagrar

instituciones que vienen tratados sobre derechos humanos o de lucha contra la corrupción,

ámbitos ante los cuales una visión doméstica del poder disciplinario resultaría

demasiado corta para su explicación, como también mostraría ingente debilidad

frente a la protección de garantías y aseguramiento de eficacia y eficiencia en

la lucha contra la corrupción.

En Colombia, una visión meramente administrativa resultaría

recortada o se dificultaría explicar adecuada y apropiadamente su inserción en

un mundo cada vez más globalizado. Seguimos apostando por un Derecho

Disciplinario autónomo e independiente, capaz de explicar todas sus

manifestaciones.


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Spanisch


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