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Autonomía privada y constitucionalización del Derecho

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El Derecho privado no es un sistema políticamente neutro. Difícilmente una disciplina que estudie el desenvolvimiento de las relaciones humanas, y con mayor razón una que las analice en la perspectiva de su "deber ser", puede llegar a obviar una simpatía con alguna particular tendencia política, así como con la determinada visión del hombre y de la sociedad de la que trae origen. El ideal de una ciencia del Derecho privado neutral es, por tanto, algo vano. Pero, más que un problema que la teoría debe esforzarse aún por evitar, se hace necesario conocer con claridad cuál es la tendencia política que orienta a nuestro ordenamiento privado, para verificar si ella corresponde con los fines socialmente perseguidos. En esto radica el propósito central del trabajo que ahora se introduce. En qué medida es útil la herramienta de los negocios jurídicos para el desarrollo global de una sociedad, es algo que depende en buena medida del enfoque que le brinde su teoría general. Es, por tanto, tarea de esta última identificar plenamente dicho enfoque, en aras de evitar que su omisión haga incurrir en múltiples contradicciones tanto en la teoría como en la práctica de la dinámica social. Pues un estudio consciente de los modelos jurídicos puede hacer evidente su ineptitud para alcanzar las metas que la sociedad de un momento determinado persigue, y en ese momento debe buscarse una salida alternativa, que evite, desde otra perspectiva, caer en las disfunciones de la anterior y que proporcione, por el contrario, una herramienta para contribuir a la armonía social desde la esfera de las relaciones privadas.