La nueva configuración del secreto profesional del abogado

El secreto profesional del abogado es una piedra angular del ejercicio de la profesión, ya que el cliente confía a su abogado información sensible y confidencial, fundamental para la defensa de sus intereses. La presente obra analiza en profundidad el secreto profesional del abogado y su relación con el procedimiento civil. Para abarcar su contenido, se analiza el secreto profesional a la luz del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española (aprobado mediante Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo), pero también tras la modificación del Código Deontológico de la Abogacía Española, analizando su estrecha vinculación con los artículos 18 y 24 de la Constitución. Se analiza y razona que la prueba aportada al procedimiento civil que vulnera el secreto profesional del abogado debería ser inadmitida por parte del juez, ya que puede considerarse como prueba ilícita (artículo 287 LEC), analizando la misma también conforme a la Sentencia del Tribunal Constitucional 97/2019, de 16 de julio; también se puede considerar como prueba ilegal (art. 283.3 LEC), cuestión analizada, entre otros, conforme al texto del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia; y finalmente también se puede considerar como una prueba contraria a la buena fe procesal (art. 247 LEC).

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El secreto profesional del abogado es una piedra angular del ejercicio de la profesión, ya que el cliente confía a su abogado información sensible y confidencial, fundamental para la defensa de sus intereses. La presente obra analiza en profundidad el secreto profesional del abogado y su relación con el procedimiento civil. Para abarcar su contenido, se analiza el secreto profesional a la luz del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española (aprobado mediante Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo), pero también tras la modificación del Código Deontológico de la Abogacía Española, analizando su estrecha vinculación con los artículos 18 y 24 de la Constitución. Se analiza y razona que la prueba aportada al procedimiento civil que vulnera el secreto profesional del abogado debería ser inadmitida por parte del juez, ya que puede considerarse como prueba ilícita (artículo 287 LEC), analizando la misma también conforme a la Sentencia del Tribunal Constitucional 97/2019, de 16 de julio; también se puede considerar como prueba ilegal (art. 283.3 LEC), cuestión analizada, entre otros, conforme al texto del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia; y finalmente también se puede considerar como una prueba contraria a la buena fe procesal (art. 247 LEC).

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