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El sesgo de debilidad a favor del inversionista extranjero. Un límite a la responsabilidad internacional de las corporaciones transnacionales

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La búsqueda de una responsabilidad internacional para las corporaciones transnacionales (ctn) captura la atención de quienes consideran que los derechos a su favor no se ven acompañados de responsabilidades frente a sus impactos negativos. Los hechos muestran que, al lado del papel positivo de las corporaciones transnacionales como agentes de crecimiento económico y cambio estructural, han aparecido constantes denuncias por sus violaciones a los derechos humanos, por ejemplo, durante la era del apartheid en África y del holocausto nazi enAlemania, y que hoy no encuentran límites geográficos. De hecho, casos como Wiwa v. Royal Dutch, Doe v. Unocal, Bowoto v. Chevron, The Presbyterian Church of Sudan v. Talisman Energy, Sarei v. Rio Tinto y Kiobel v. Royal Dutch4 muestran que las ctn pueden comprometer derechos civiles, ambientales, económicos, sociales y culturales. Incluso pueden amenazar la soberanía de los Estados, tal como ocurrió con el golpe de Estado al Gobierno de Allende, actuando ya sea por una acción directa, por complicidad o por omisión.