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Estudios críticos de la jusrisprudencia de la Corte Suprema de Justicia 5

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Uno de los problemas usuales en Colombia, a la hora de abordar el estudio científico del Derecho penal, tanto general como especial, consiste en advertir la separación, por cierto, muy peligrosa, que se da entre la práctica de la Corte Suprema de Justicia y los Tribunales o jueces y la academia o la doctrina nacional. Un divorcio que se alimenta de la indiferencia de unos y otros, cuando no de una franca actitud hostil, que tiene consecuencias tanto diversas como imprevisibles en la construcción del Derecho Penal nacional y, desde luego, en la enseñanza

de las ciencias penales.

Así, por ejemplo, desde el punto de vista de la judicatura, la falta de sintonía hace imposible, por regla general, resolver con mayor solidez jurídica ciertos problemas o casos respecto de los cuales la doctrina ya ha propuesto soluciones innovadoras o claras, tanto desde una perspectiva dogmática como político-criminal; hacer explícita la aplicación de determinadas instituciones o teorías jurídicas, sin incurrir en errores o falacias; tener diversas opciones a la hora de interpretar las normas jurídico-penales y, en todo caso, hacer más segura, argumentada, regular e igualitaria la aplicación del derecho positivo y la construcción de la doctrina jurisprudencial. De parte de la academia, es evidente que

la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia es una herramienta fundamental para acercar la realidad y la práctica de los tribunales a las aulas de clase y al ejercicio profesional, por lo cual, la academia sin la jurisprudencia termina por dedicarse a una construcción abstracta del derecho que le impide generar propuestas realistas e innovadoras para el entorno cultural en el que debe producir nuevo conocimiento, esto es, hacer academia. Ambas, pues, son necesarias para revitalizar el derecho colombiano, como un derecho vivo y ajustado a la experiencia.