Durante las dos últimas décadas, el mundo ha sido testigo de
cómo la protección jurídica debida a las creaciones del talento
humano se encuentra en crisis, dada la expansión global de
las telecomunicaciones a través de Internet. La posibilidad de
realizar descargas directas de contenidos alojados en discos
duros, servidores o, incluso, en la nube, modificó de manera
abrupta el comportamiento social, permitiéndole a cualquier internauta obtener canciones, películas, videos o software, entre otros, sin necesidad de reconocer derechos a sus creadores.
Millones de dólares en pérdidas dieron lugar a que la industria del entretenimiento buscara solución a este problema por medio de mecanismos de protección jurídica en contra de los usuarios de estos programas, con el objeto de impedir el constante enriquecimiento de los infractores. Lastimosamente, en ocasiones, estas medidas resultaron excesivas y los procedimientos solo han dado lugar a sentimientos de rechazo por parte del público y a una mala prensa. De igual manera se implementaron mecanismos tecnológicos que les permitieran a los autores obtener protección respecto de sus obras. Aunque con la implementación de otras medidas como la puesta en vigencia de normas o la posibilidad de pagar tarifas mínimas para tener acceso a las obras se creyó que los autores encontraban protección, esto realmente no ocurrió. La facilidad en el uso de estos programas permite a cualquier persona conectada a la red perpetrar estas conductas de manera gratuita, basta conectar un
computador a Internet para alcanzar el objetivo.