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La responsabilidad del porteador y de las partes ejecutantes en las Reglas de Rotterdam

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Sin romper totalmente con la tradición jurídica en materia de transporte marítimo de mercancías, el convenio internacional conocido como Reglas de Rótterdam (2008) es el nuevo modelo que aspira a regir el transporte marítimo y parcialmente marítimo en el siglo XXI.

El convenio establece un régimen de responsabilidad del porteador por pérdida, daño y retraso en la entrega de la mercancía más justo que el actual y, en buena medida, colma la laguna legal que afecta al transporte multimodal.

No sólo contiene el estatuto jurídico del porteador marítimo, sino también de otros empresarios, denominados partes ejecutantes marítimas, como los transitarios, las terminales portuarias y los operadores de transporte multimodal, que participan en la cadena de transporte.

Elaborado por Naciones Unidas (UNCITRAL) para incrementar los principios de uniformidad y seguridad jurídica en el comercio internacional, constituye el último hito en la evolución y desarrollo de la ciencia jurídica aplicada al transporte.