Una aplicación rígida e irreflexiva del principio de buena fe, incorporado en el proceso de restitución de tierras, puede llevar a desconocer o transgredir derechos fundamentales. Aquí, una recopilación de los diferentes problemas jurídicos que se han presentado.
El proceso de restitución de tierras, creado con el fin de revertir el abandono y despojo de tierras que han sufrido los campesinos en las últimas décadas, incorpora una serie de principios como la buena fe y la inversión de la carga de la prueba en los procesos de restitución. Esto implica que el Estado tiene el deber de presumir la buena fe de las víctimas y de flexibilizar la carga de la prueba que les exige. Además, esta ley prevé mecanismos para evitar la legalización de predios y el pago de compensaciones, a quienes apoyaron los desplazamientos o se aprovecharon del contexto de violencia para adquirir u ocupar los predios.
Este estudio busca explorar los diferentes problemas jurídicos que suscita la aplicación de estos conceptos, con respecto a los diferentes tipos de intervinientes en el proceso. Esto, teniendo en cuenta que los predios reclamados han sido ocupados tanto por los opositores contemplados en la Ley 1448 de 2011 (victimarios y sujetos o empresas calificadas), como por campesinos en estado de vulnerabilidad, sujetos de especial protección constitucional y otras víctimas del conflicto armado.
Esta situación, no prevista inicialmente por la norma, ha requerido un esfuerzo adicional de los jueces y magistrados de crear subreglas que armonicen sus decisiones con la Constitución, los estándares internacionales y la protección de derechos fundamentales.