La cuestión de qué prohíben exactamente las normas de comportamiento que subyacen a los delitos resultativos es un asunto sujeto a controversia. La dogmática tradicional sostiene que ellas prohíben las acciones que preceden al resultado típico y sustenta en esa idea el examen de tipicidad. Los críticos de esta concepción sostienen en cambio que las normas de comportamiento prohíben únicamente la producción efectiva del resultado típico, y plantean que el deber de no hacer verdad el supuesto prohibido es el fruto de una necesidad de orden práctico, cuya infracción, en un modelo suficientemente perspicuo, debe ser claramente distinguida de la antinormatividad de la conducta.
Luego de reconstruir la trama de esta disputa y sus consecuencias sistemáticas, el autor defiende en esta obra la idea de que el contenido de las normas de comportamiento debe ser determinado pragmáticamente, y al hilo de esta aseveración, concluye que las acciones potencialmente productivas del resultado típico deben entenderse prohibidas por dichas normas. El autor analiza también el método de determinación de deberes para la fase ex ante que ofrecen ambos modelos del delito y llega asimismo a la conclusión de que el modelo estándar es preferible al que proponen sus detractores.