La composición de este trabajo fue animada por la constatación de un preocupante hecho poco acusado en la academia y nulamente señalado en la esfera judicial: la figura del bloque de constitucionalidad, que es sin duda una de las más diestras creaciones de la jurisprudencia constitucional, que no ha captado de manera suficiente la atención de la doctrina nacional, por lo que se echan de menos trabajos analíticos que enseñen su concepto e ilustren su operatividad. Al finalizar el año 2004, el autor inicio una angustiosa y desordenada lectura de la jurisprudencia constitucional, en busca de posibles líneas que ofrecieran una idea acerca del concepto del bloque de constitucionalidad, para así hilvanar a su alrededor un temario y una hipótesis de trabajo que dieran cuerpo al documento. Al realizar un cercamiento detenido a la jurisprudencia constitucional sobre el tema, es notable que la Corte no maneja un concepto unívoco de la voz bloque de constitucionalidad. Al contrario, el tribunal parece alentar dos concepciones diferentes de la figura y no ha tenido un criterio único que oriente su empleo y defina su funcionalidad. Este documento pretende desentrañar este concepto y, a partir del señalamiento de las impresiones en que ha incurrido la Corte al dar forma a la figura, formula cuál es el empelo debido del bloqué, qué consecuencias derivan de su existencia en nuestro ordenamiento constitucional y en qué límites se agota su contenido.