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Principios ali unidroit del proceso civil transnacional

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Con este documento se presentan los principios del proceso civil transnacional. Adjuntas a los principios estĂĄn las reglas del proceso civil transnacional, que constituyen para los relatores el modelo de implementaciĂłn de los principios, que puede ser considerado para su adopciĂłn en diversos sistemas jurĂ­dicos.Hay, comprensiblemente, escĂ©pticos que consideran en el mejor de los casos prematura la idea de que puede haber normas procesales universales, y otros que, aunque estĂĄn a favor de la idea, tienen reservas sobre la implementaciĂłn actual del concepto. Estas reservas se dan en dos niveles. Primero, se duda que sea factible superar las diferencias fundamentales entre los sistemas de common law y civil law y, entre sistemas de common law, hacer frente a las peculiaridades del sistema de los Estados Unidos. Sin embargo, se cree que las reservas basadas en la distinciĂłn de los Estados Unidos es Ășnico entre los sistemas de common law al tener tanto una amplia revelaciĂłn en materia de prueba como juicio por jurados. AsĂ­, una reserva de segundo nivel es que, si tal proyecto es factible, Ă©ste no serĂ­a aceptable si estuviera de acuerdo en alguna forma sustancial al caracterĂ­stico proceso de los Estados Unidos.Hay, comprensiblemente, escĂ©pticos que consideran en el mejor de los casos prematura la idea de que puede haber normas procesales universales, y otros que, aunque estĂĄn a favor de la idea, tienen reservas sobre la implementaciĂłn actual del concepto. Estas reservas se dan en dos niveles. Primero, se duda que sea factible superar las diferencias fundamentales entre los sistemas de common law y civil law y, entre sistemas de common law, hacer frente a las peculiaridades del sistema de los Estados Unidos. Sin embargo, se cree que las reservas basadas en la distinciĂłn de los Estados Unidos es Ășnico entre los sistemas de common law al tener tanto una amplia revelaciĂłn en materia de prueba como juicio por jurados. AsĂ­, una reserva de segundo nivel es que, si tal proyecto es factible, Ă©ste no serĂ­a aceptable si estuviera de acuerdo en alguna forma sustancial al caracterĂ­stico proceso de los Estados Unidos.Nota: DistribuciĂłn autorizada, Ășnicamente, para Colombia y SuramĂ©rica.