El control jurisdiccional de las normas internas practicado por la Corte IDH y el TEDH adquiere, cada vez más, especial interés en el estudio comparativo de sus relaciones y el diálogo jurisdiccional.
La interpretación de los actos normativos como hechos estatales sujetos de control internacional pone en perspectiva la interacción de sistemas normativos autónomos y de los mecanismos institucionales de garantía en los ordenamientos jurídicos nacionales. El estudio comparativo de su aplicación en España y Nicaragua evidencia un test de convencionalidad que tiene comoEsta obra versa sobre la negociación de disputas legales. El papel desempeñado por el profesional de la abogacía se sitúa en el centro del análisis, al imprimir su intervención una serie de elementos distintivos que configuran esta tipología de negociaciones como un ámbito diferenciado, merecedor por tanto, de un tratamiento específico, al que los profesionales españoles no están, al menos hasta ahora, habituados.
El lector se encuentra ante una obra novedosa, ya que el texto aborda una serie de temáticas relativas a la actividad del abogado como negociador de disputas legales que hasta ahora no se habían contemplado de forma combinada y sistemática en la literatura española referida al ámbito legal.
Los diferentes capítulos que componen la obra tratan temas diversos, pero a la vez estrechamente relacionados como: los diferentes enfoques y modelos de negociación en contextos legales, la relación del abogado con el cliente en las negociaciones, los parámetros para comparar la viabilidad y conveniencia de la negociación frente al litigio, la importancia de atribuir un valor al caso para litigar, la necesidad de intentar prever el potencial acuerdo fruto de una negociación y la incidencia del ordenamiento jurídico en un proceso privado de resolución dela disputa legal como es la negociación.
La autora lleva a cabo un análisis que encierra una buena dosis de crítica respecto a la extendida creencia de que "siempre es mejor negociar". A lo largo del texto, se pone de manifiesto la imperiosa necesidad de evitar el uso indiscriminado de la negociación para resolver disputas legales, sugiriendo la conveniencia de un estudio riguroso por parte del abogado para tomar, probablemente, la decisión más transcendental en la resolución del caso que le encomienda el cliente: la de litigar o negociar.